Se procura la formación de los efectores políticos intermedios en sus diversos campos de actuación, dando operatividad y vigencia a la capacitación de los dirigentes prevista por el artículo 38 de la Constitución Nacional.
Por la índole y extracción de los actores, los campos temáticos teórico-prácticos serán definidos de común acuerdo con los propios efectores.
Cursos / cursillos de formación-capacitación-actualización a dictarse, alternativamente, en las aulas universitarias y en las propias instituciones efectoras.
Se preven cuatro horas académicas mensuales en las aulas universitarias y cuatro horas académicas mensuales en la correspondiente institución efectora.
Curso de capacitación, actualización y formación dirigido preferentemente a agentes políticos de niveles intermedios que revistan en sede ejecutiva de municipios, concejos deliberantes, cuerpos de asesores, etc.
Para el desarrollo de (los cursos, investigaciones…) el Programa Procuin ha convenido con la Universidad (…) la asignación de sede de adscripción; la supervisión y evaluación académica, el otorgamiento y acreditación de títulos, los que serán habilitados en un todo de acuerdo con las disposiciones oficiales y reglamentaciones en vigencia.